Documenta Catholica Omnia
Non nobis, Domine, non nobis, sed nomini tuo da gloriam


Index Verborum:     ley


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Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos a un Religioso para Alcanzar la Perfecion

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos copiados por Magdalena del Espiritu Santo

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos por la Madre Maria de Jesus

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos procedentes de Antequera

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos recogidos por la edicion de Gerona

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico Espiritual A

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual B

§ 11.10

Pero ahora ya en la ley de gracia, que, en muriendo el cuerpo, puede ver el alma a Dios, más sano es querer vivir poco y morir para verle.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual CA

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cautelas

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Dichos de luz y amor

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Epistolario

§ 12

Acerca de los pecados, que Dios tanto aborrece, que le obligaron a muerte, le conviene, para bien llorarlos y no caer en ellos, tener el menos trato que pudiere con gentes, huyendo de ellas, y nunca hablar más de lo necesario en cada cosa; porque de tratar con las gentes más de lo que puramente es necesario y la razón pide, nunca a ninguno, por santo que fuese, le fue bien; y con esto, guardar la ley de Dios con grande puntualidad y amor.

§ 19

Y) así es gran merced de Dios cuando las oscurece, y empobrece al alma de manera que no pueda errar con ellas; y como no se yerre, ¿qué hay que acertar sino ir por el camino llano de la ley de Dios y de la Iglesia, y sólo vivir en fe oscura y verdadera, (y esperanza cierta y caridad entera, y esperar) allá nuestros bienes, viviendo acá como peregrinos, pobres, desterrados, huérfanos, secos, sin camino y sin nada, esperándolo allá todo?

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Grados de Perfecciòn

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    La Subida del Monte Carmelo

§ 0

Ya por aquí no hay camino porque para el justo no hay ley; él para sí se es ley (cf. 1 Tim. 1, 9 y Rom. 2, 14).

§ 0

Ya por aquí no hay camino porque para el justo no hay ley; él para sí se es ley (cf. 1 Tim. 1, 9 y Rom. 2, 14).

§ 1.5.8

Y sólo aquel apetito consiente y quiere que haya donde él está, que es de guardar la ley de Dios perfectamente y llevar la Cruz de Cristo sobre sí.

§ 1.5.8

Y así, no se dice en la sagrada Escritura divina (Dt. 31, 26) que mandase Dios poner en el arca donde estaba el maná otra cosa, sino el libro de la Ley y la vara de Moisés, que significa la Cruz.

§ 1.5.8

Porque el alma que otra cosa no pretendiere que guardar perfectamente la ley del Señor y llevar la cruz de Cristo, será arca verdadera, que tendrá en sí el verdadero maná, que es Dios, cuando venga a tener en sí esta ley y esta vara perfectamente, sin otra cosa alguna (cf.

§ 1.5.8

Porque el alma que otra cosa no pretendiere que guardar perfectamente la ley del Señor y llevar la cruz de Cristo, será arca verdadera, que tendrá en sí el verdadero maná, que es Dios, cuando venga a tener en sí esta ley y esta vara perfectamente, sin otra cosa alguna (cf.

§ 2.21.4

Porque no hay necesidad de nada de eso, pues hay razón natural y ley y doctrina evangélica, por donde muy bastantemente se pueden regir, y no hay dificultad ni necesidad que no se pueda desatar y remediar por estos medios muy a gusto de Dios y provecho de las almas.

§ 2.21.4

Y tanto nos habemos de aprovechar de la razón y doctrina evangélica, que, aunque ahora queriendo nosotros, ahora no queriendo, se nos dijesen algunas cosas sobrenaturales, sólo habemos de recibir aquello que cae en mucha razón y ley evangélica.

§ 2.22

En que se desata una duda, cómo no será lícito ahora en la ley de gracia preguntar a Dios por vía sobrenatural, como lo era en la Ley Vieja.

§ 2.22

En que se desata una duda, cómo no será lícito ahora en la ley de gracia preguntar a Dios por vía sobrenatural, como lo era en la Ley Vieja.

§ 2.22.2

Por otra parte habemos visto en el mismo capítulo y colegido de los testimonios que allí se han alegado de la sagrada Escritura que se usaba el dicho trato con Dios en la Ley Vieja y era lícito; y no sólo lícito, sino que Dios se lo mandaba.

§ 2.22.2

Y así vemos en la divina sagrada Escritura que Moisés siempre preguntaba a Dios, y el rey David y todos los reyes de Israel, para sus guerras y necesidades, y los sacerdotes y profetas antiguos, y Dios respondía y hablaba con ellos y no se enojaba, y era bien hecho; y si no lo hicieran, fuera mal hecho, y así es la verdad. ¿Por qué, pues, ahora en la Ley Nueva y de gracia no lo será como antes lo era?

§ 2.22.3

A lo cual se ha de responder que la principal causa por que en la Ley de escritura eran lícitas las preguntas que se hacían a Dios, y convenía que los profetas y sacerdotes quisiesen revelaciones y visiones de Dios, era porque aún entonces no estaba bien fundamentada la fe ni establecida la Ley evangélica, y así era menester que preguntasen a Dios y que él hablase, ahora por palabras, ahora por visiones y revelaciones, ahora en figuras y semejanzas, ahora entre otras muchas maneras de significaciones, porque todo lo que respondía, y hablaba, (y obraba), y revelaba, eran misterios de nuestra fe y cosas tocantes a ella o enderezadas a ella; que, por cuanto las cosas de fe no son del hombre sino de boca del mismo Dios (las cuales por su misma boca habla, por eso era menester que, como habemos dicho, preguntasen a la misma boca de Dios); y por eso los reprehendía el mismo Dios, porque en sus cosas no preguntaban a su boca para que él respondiese, encaminando sus casos y cosas a la fe, que aún ellos no tenían sabida, por no estar aún fundada.

§ 2.22.3

A lo cual se ha de responder que la principal causa por que en la Ley de escritura eran lícitas las preguntas que se hacían a Dios, y convenía que los profetas y sacerdotes quisiesen revelaciones y visiones de Dios, era porque aún entonces no estaba bien fundamentada la fe ni establecida la Ley evangélica, y así era menester que preguntasen a Dios y que él hablase, ahora por palabras, ahora por visiones y revelaciones, ahora en figuras y semejanzas, ahora entre otras muchas maneras de significaciones, porque todo lo que respondía, y hablaba, (y obraba), y revelaba, eran misterios de nuestra fe y cosas tocantes a ella o enderezadas a ella; que, por cuanto las cosas de fe no son del hombre sino de boca del mismo Dios (las cuales por su misma boca habla, por eso era menester que, como habemos dicho, preguntasen a la misma boca de Dios); y por eso los reprehendía el mismo Dios, porque en sus cosas no preguntaban a su boca para que él respondiese, encaminando sus casos y cosas a la fe, que aún ellos no tenían sabida, por no estar aún fundada.

§ 2.22.3

Pero ya que está fundada la fe en Cristo y manifiesta la Ley evangélica en esta era de gracia, no hay para qué preguntarle de aquella manera, ni para qué él hable ya ni responda como entonces.

§ 2.22.4

Y éste es el sentido de aquella autoridad con que comienza san Pablo (Heb. 1, 1­2) a querer inducir a los hebreos a que se aparten de aquellos modos primeros y tratos con Dios de la Ley de Moisés, y pongan los ojos en Cristo solamente, diciendo: Multifariam multisque modis olim Deus loquens patribus in prophetis: novissime autem diebus istis locutus est nobis in Filio.

§ 2.22.7

Porque la hora que Cristo dijo en la cruz: Consummatum est (Jn. 19, 30), cuando expiró, que quiere decir: Acabado es, no sólo se acabaron esos modos, sino todas esotras ceremonias y ritos de la Ley Vieja.

§ 2.22.7

Y así, en todo nos habemos de guiar por la ley de Cristo hombre (y de su Iglesia y ministros, humana y visiblemente, y por esa vía remediar nuestras ignorancias y flaquezas espirituales; que para todo hallaremos abundante medicina por esta vía.

§ 2.22.8

De donde, pues es verdad que siempre se ha de estar en lo que Cristo nos enseñó, y todo lo demás no es nada ni se ha de creer si no conforma con ello, en vano anda el que quiere ahora tratar con Dios a modo de la Ley Vieja.

§ 2.22.8

Cuánto más que no le era lícito a cualquiera de aquel tiempo preguntar a Dios, ni Dios respondía a todos, sino sólo a los sacerdotes y profetas, que eran de cuya boca el vulgo había de saber la ley y la doctrina.

§ 2.22.15

Pero en su tanto reprenderá también el Señor a los escogidos y amigos suyos, con quien acá se comunicó familiarmente, en las faltas y descuidos que ellos hayan tenido; de los cuales no era menester les advirtiese Dios por sí mismo, pues ya por ley y razón natural que les había dado se lo advertía.

§ 2.24.3

Mas estas visiones tan sustanciales, como la de san Pablo y Moisés y nuestro Padre Elías cuando cubrió su rostro al silbo suave de Dios (3 Re. 19, 11­13), aunque son por vía de paso, rarísimas veces acaecen y casi nunca y a muy pocos, porque lo hace Dios en aquellos que son muy fuertes del espíritu de la Iglesia y ley de Dios, como fueron los tres arriba nombrados.

§ 2.29.12

Quedemos, pues, en esta necesaria cautela, así en las unas como en las otras, para no ser engañados ni embarazados con ellas: que no hagamos caudal de nada de ellas, sino sólo de saber enderezar la voluntad con fortaleza a Dios, obrando con perfección su ley y sus santos consejos, que es la sabiduría de los Santos, contentándonos de saber los misterios y verdades con la sencillez y verdad que nos les propone la Iglesia.

§ 3.19.7

El tercer grado de este daño privativo es dejar a Dios del todo, no curando de cumplir su ley por no faltar a las cosas y bienes del mundo, dejándose caer en pecados mortales por la codicia.

§ 3.19.7

En este grado se contienen todos aquellos que de tal manera tienen las potencias del alma engolfadas en las cosas del mundo y riquezas y tratos, que no se dan nada por cumplir con lo que les obliga la ley de Dios; y tienen grande olvido y torpeza acerca de lo que toca a su salvación, y tanta más viveza y sutileza acerca de las cosas del mundo; tanto, que los llama Cristo en el Evangelio (Lc. 16, 8) hijos de este siglo; y dice de ellos que son más prudentes en sus tratos y agudos que los hijos de la luz en los suyos.

§ 3.19.8

A lo cual vienen del tercer grado que acabamos de decir, porque, de no hacer caso de poner su corazón en la ley de Dios por causa de los bienes temporales, viene el alejarse mucho de Dios el alma del avaro, según la memoria, entendimiento y voluntad, olvidándose de él como si no fuese su Dios; lo cual es porque ha hecho para sí dios del dinero y bienes temporales, como dice san Pablo (Col. 3, 5), diciendo que la avaricia es servidumbre de ídolos.

§ 3.27.1

El cuarto género en que se puede gozar la voluntad son bienes morales; y por bienes morales entendemos aquí las virtudes y los hábitos de ellas en cuanto morales, y el ejercicio de cualquiera virtud, y el ejercicio de las obras de misericordia, la guarda de la ley de Dios, y la política, y todo ejercicio de buena índole e inclinación.

§ 3.42.5

La tercera manera es algunos lugares particulares que elige Dios para ser allí invocado, así como el monte Sinaí, donde dio Dios la ley a Moisés (Ex. 24, 12), y el lugar que señaló a Abraham para que sacrificase a su hijo (Gn. 22, 2), y también el monte Horeb, donde apareció a nuestro padre Elías (3 Re. 19, 8), (y el lugar que dedicó san Miguel para su servicio, que es el monte Gargano, apareciendo al obispo sipontino, y diciendo que él era guarda de aquel lugar, para que allí se dedicase a Dios un oratorio en memoria de los ángeles; y la gloriosa Virgen escogió en Roma, con singular señal de nieve, lugar para el templo que quiso edificase Patricio, de su nombre).

§ 3.45.3

Pero tiene ojeriza con los que, enseñando ellos la ley de Dios, no la guardan, y predicando ellos buen espíritu, no le tienen.

§ 3.45.3

Y por David (Sal. 49, 16­17) dice el Espíritu Santo: Al pecador dijo Dios: ¿Por qué platicas tú mis justicias y tomas mi ley con tu boca, y tú has aborrecido la disciplina y echado mis palabras a las espaldas? En lo cual se da a entender que tampoco les dará espíritu para que hagan fruto.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva A

§ 3.1.27

Cuanto a lo primero, es de saber que, si el alma busca a Dios, mucho más la busca su Amado a ella; y si ella le envía a él sus amorosos deseos, que fe son a él tan olorosos como la virgulica del humo que sale de las especias aromáticas de la mirra y del incienso (Ct. 3, 6), él a ella le envía el olor de sus ungüentos, con que la trae y hace correr hacia él (Ct. 1, 3), que son sus divinas inspiraciones y toques; los cuales, siempre que son suyos, van ceñidos y regulados con motivo de la perfección de la ley de Dios y de la fe, por cuya perfección ha de ir el alma siempre llegándose más a Dios.

§ 3.1.28

Advirtiendo, pues, el alma que en este negocio es Dios el principal agente y el mozo de ciego que la ha de guiar por la mano a donde ella no sabría ir, que es a las cosas sobrenaturales que no puede su entendimiento ni voluntad ni memoria saber cómo son: todo su principal cuidado ha de ser mirar que no ponga obstáculo a la guía, que es el Espíritu Santo, según el camino por donde la lleva Dios, ordenado en ley de Dios y fe, como decimos.

§ 3.1.40

Adviertan estos tales y consideren que el Espíritu Santo es el principal agente y movedor de las almas que nunca pierde cuidado de ellas, y que ellos no son los agentes, sino instrumentos solos para enderezar las almas para la regla de la fe y ley de Dios, según el espíritu que Dios va dando a cada uno.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva B

§ 0

Cuanto a lo primero, es de saber que, si el alma busca a Dios, mucho más la busca su Amado a ella; y si ella le envía a él sus amorosos deseos, que le son a él tan olorosos como la virgulica del humo que sale de las especias aromáticas de la mirra y del incienso (Ct. 3, 6), él a ella le envía el olor de sus ungüentos, con que la atrae y hace correr hacia él (Ct. 1, 2­3), que son sus divinas inspiraciones y toques; los cuales, siempre que son suyos, van ceñidos y regulados con motivo de la perfección de la ley de Dios y de la fe, por cuya perfección ha de ir el alma siempre llegándose más a Dios.

§ 0

Advirtiendo, pues, el alma que en este negocio es Dios el principal agente y el mozo de ciego que la ha de guiar por la mano a donde ella no sabría ir, que es a las cosas sobrenaturales, que no puede su entendimiento ni voluntad ni memoria saber cómo son; todo su principal cuidado ha de ser mirar que no ponga obstáculo al que la guía según el camino que Dios le tiene ordenado en perfección de la ley de Dios y la fe, como decimos.

§ 0

Adviertan los que guían las almas y consideren que el principal agente y guía y movedor de las almas en este negocio no son ellos sino el Espíritu Santo, que nunca pierde cuidado de ellas, y que ellos sólo son instrumentos para enderezarlas en la perfección por la fe y ley de Dios, según el espíritu que Dios va dando a cada una.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Noche Oscura

§ 2.18.1

Lo cual da bien a entender el real profeta (Sal. 83, 6­8), cuando dice: Bienaventurado el que tiene tu favor y ayuda, porque en su corazón este tal puso sus subidas en el valle de lágrimas en el lugar que puso; porque de esta manera el señor de la ley dará bendición, e irán de virtud en virtud como de grado en grado, y será visto el Dios de los dioses en Sión, el cual es el tesoro de la fortaleza de Sión, que es la bienaventuranza.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Otras del mismo a lo divino

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Que va por super flumina



Ad Principium

levántanos
levántanse
levántase
levántate
ley
leyenda
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